Los alumnos de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y segundo de Bachillerato se examinarán, a partir del próximo curso 2016-2017, según las evaluaciones establecidas en la LOMCE, tal y como recoge un Real Decreto aprobado el viernes, día 29 de julio, por el Consejo de Ministros
Inmerso en la perplejidad que me suscita la profunda ineptitud de líderes incompetentes de los partidos políticos estatales a la hora de alcanzar un acuerdo de investidura y, en su caso, un pacto de legislatura para España mi capacidad de desconcierto alcanza cotas ilimitadas. Parece que aquellos que están llamados a ser un modelo y ejemplo para todos los ciudadanos –dirigentes gubernamentales, agentes económicos y sociales y gestores de estamentos de la sociedad civil, entre otros- han decidido “echarse al monte”.
Si. Esta expresión popular es lo suficientemente elocuente. Quienes deben velar por el cumplimiento de la Ley son los principales actores que la cuestionan sumiendo a la ciudadanía en un estado de asombro, incredulidad, inseguridad e incomprensión sin precedentes. ¡Consejos doy y para mí no tengo!
Así ocurre con un considerable número de políticos, con responsabilidades de Gobierno, unos, y otros muchos ideológicamente afines, aun estando en la Oposición, que cuestionan las más elementales disposiciones constitucionales. Es el caso del Gobierno y del Parlamento de Cataluña.
En otro orden de cosas, de menor relevancia, pero muy significativas a su vez, España camina por una senda peligrosa, de difícil retorno. La Oposición rechaza cualquier actuación del Gobierno legítimo por el mero hecho de no obedecer a sus expectativas, siempre partidistas y muchas veces claramente sectarias. Unos y otros parecen desconocer el uso y aplicabilidad de conceptos que preconizan, tales como consenso, pacto, acuerdo. Yo, como muchos conciudadanos, siento que su actuación infame se encuentra alejada del interés general. De hecho, vivimos inmersos en una dinámica política y social claramente perjudicial para el conjunto de la ciudadanía.
Poner en tela de juicio la legalidad vigente y la seguridad jurídica de ella derivada, como es el caso de la vigente Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), y la normativa que la desarrolla, es una de las evidencias más notables que ocupa la agenda de una clase política española, absolutamente desprestigiada.
En relación con la actualidad educativa, el Gobierno en funciones ha ofrecido a las fuerzas políticas de la Oposición, y a los discrepantes líderes de grupos sociales representativos, consensuar y reformar aquellos aspectos que comparten de la LOMCE unos y otros. Ello no es razón suficiente, sin embargo, para que el Ejecutivo haga dejación de sus funciones a la hora de arbitrar los mecanismos procedentes para su implantación y desarrollo, tal y como establece la propia Ley. Es el caso de la regulación de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y de Bachillerato.
La fecha elegida por el Consejo de Gobierno para aprobar el Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de ambas etapas educativas tal vez no haya sido la más apropiada. Pero, una vez establecidos sus currículos, previsto en la LOMCE, procede el cambio ahora reglamentado. De hecho, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la LOMCE, establece nuevas evaluaciones finales individualizadas de etapa en ESO y Bachillerato, respectivamente.
Las evaluaciones estandarizadas al final de la ESO y del Bachillerato se pondrán en marcha en 2017. En su primer año de vigencia serán obligatorias, si bien innecesario superarlas para obtener el título respectivo, al no tener efectos académicos ese año. A partir de 2018 los alumnos tendrán que aprobar esas pruebas para conseguir el título de una y de otra etapa educativa. Eso sí, en el caso de las pruebas de bachillerato será requisito sine qua non para acceder a la universidad a partir del próximo año.
El título de graduado en ESO permitirá la entrada, indistintamente, a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias, sea el bachillerato, la formación profesional de grado medio, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio o las enseñanzas deportivas de grado medio. En el supuesto de no obtenerlo, los afectados podrán matricularse en estudios de Formación Profesional Básica.
Respecto al Bachillerato, la superación de esa evaluación en 2017 será necesaria para entrar en la universidad, no así para otros estudios de Educación Superior: la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y las enseñanzas artísticas superiores. Eso sí, parece que la LOMCE deja las puertas abiertas a que las universidades planteen, además, pruebas de acceso propias.
El precitado Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, ha definido el peso ponderado de las pruebas de evaluación estandarizada, tanto de ESO como de Bachillerato en la nota final de la etapa respectiva. En ESO, la media de las calificaciones del curso contará un 70 % mientras que la prueba final estandarizada de etapa representará un 30 %. En Bachillerato, el 60 % del peso de la nota será la media de las calificaciones del curso y el 40 % la obtenida en la prueba final estandarizada de etapa.
Estos criterios permanecen igual que los establecidos en el Artículo 31 Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y el Artículo 36 bis Evaluación final de Bachillerato de la LOE para la obtención de los títulos de ambas etapas educativas. Parece, por tanto, que el alboroto ahora creado tiene que ver con la obligatoriedad de la prueba final individualizada para la obtención del título correspondiente.
Las reacciones se han producido ipso facto. Los Ejecutivos de las comunidades autónomas gobernadas por otros partidos distintos del PP ya han anunciado toda suerte de medidas para modificar, paralizar o impedir su aplicación. Desde recursos, como el ya anunciado por Baleares, hasta acciones conducentes a no facilitar la aplicación de las pruebas. Todo ello en un contexto de rechazo generalizado de la LOMCE y de la normativa que la desarrolla.
La flexibilización o paralización del calendario de aplicación de la Ley no parece encontrarse en la hoja de ruta del Gobierno en funciones. Habrá que esperar a los movimientos de los partidos políticos de cara al eventual acuerdo de investidura y, en su caso, a un pacto de legislatura para España. En su defecto, si estamos abocados a unas terceras elecciones, deberemos estar atentos al Gobierno que de ellas se derive. Mientras tanto “los de a pie” seguiremos sumidos en la confusión y el desasosiego. ¡Esto es lo que hay!
Voy terminando con una nota jocosa, con un eufemismo. La grandeza del castellano también se manifiesta en el idioma común de todos los españoles. Los dichos, refranes, proverbios, leyendas urbanas forman parte de nuestro acervo cultural popular. Y yo, hoy, he elegido “éramos pocos y parió la abuela”. Creo que me viene como anillo al dedo –esto va de refranes- para describir la situación sociopolítica española en este soleado mes de agosto.
Para concluir esta entrada, y a título de resumen, animo a estudiar este Real Decreto 310/2016 que consta de una INTRODUCCION; once artículos en el CAPÍTULO I. Disposiciones generales; cinco artículos en el CAPÍTULO II. Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria; cinco artículos en el CAPÍTULO III. Evaluación final de Bachillerato; tres artículos en el CAPÍTULO IV. Educación de personas adultas; tres DISPOSICIONES ADICIONALES; una única DISPOSICIÓN TRANSITORIA y seis DISPOSICIONES FINALES.