Durante once de años, desde 2008, he colgado en Rincón del Director innumerables entradas relacionadas con el mundo de la educación, en general, y con las noticias, actividades y eventos de singular importancia acaecidos en Decroly, además de otras con reflexiones y opiniones que afectan al sector, particularmente en el ámbito de la Formación Profesional
La reposición ordenada de esos posts es una iniciativa que surge con el ánimo de agrupar los contenidos publicados en distintas épocas y proponer una relectura serena sobre todos aquellos asuntos que forman parte e inciden en la vida académica y profesional de los distintos componentes de la comunidad educativa decroliana: alumnado, profesionales docentes y familias, principalmente.
Podremos comprobar que muchos de los temas tratados en el pasado siguen vigentes en la actualidad. Tal vez, el hecho de que nuestro Carácter Propio está impregnado de una sólida concepción vitalista de la educación y de la formación ayude a entender cómo su incidencia en el Proyecto Educativo, el Proyecto Curricular, la Programación General Anual y la Programación Didáctica de cada módulo formativo refleja un espíritu firme y determinante de trabajar por el desarrollo personal, emocional, social y científico-profesional de los alumnos acorde con los tiempos que les toca vivir en las distintas épocas de nuestra ya larga trayectoria profesional durante cuatro décadas.
En el argot educativo hablamos, a menudo, del “misalito”, por ejemplo, cuando hacemos alusión al documento que cada año publica la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para aglutinar toda la oferta educativa de Cantabria en las enseñanzas no universitarias. Quizá no sea el símil más apropiado para el proyecto que hoy os presento, pero puede tener alguna semejanza, temática aparte.
Mi objetivo con este trabajo consiste en agrupar las entradas más relevantes desde el punto de vista pedagógico para que sirvan de orientación, reflexión y referencia al profesorado de Decroly y, en la medida que las circunstancias lo aconsejen, integrar esas premisas en la práctica docente cotidiana. Para lograrlo, voy colgar una selección de más menos CINCO entradas en cada uno de los bloques de esta sección de Apuntes de Educación. Si cuando inicies la lectura del primer post consigo atraer tu atención seguramente te “engancharás” y continuarás con el resto. Si no fuera así, me gustaría recibir tu feedback para reorientar este ilusionante proyecto de comunicación interna.
Ahora sí, sin más preámbulos, adjunto la entrega 2010 (I).
FORMACIÓN PROFESIONAL A TIEMPO PARCIAL
21 de abril de 2010
DECROLY presenta una propuesta formativa a los ciudadanos y trabajadores de Cantabria dirigida a fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida. Es nuestro objetivo, asimismo, satisfacer las expectativas de progresión profesional y desarrollo personal de los trabajadores, adaptando estas enseñanzas a las necesidades específicas de los diferentes colectivos sociales.
En DECROLY, además de la tradicional modalidad de formación presencial, a través de ciclos formativos con matrícula completa, se puede estudiar a tiempo parcial, cursando estudios de módulos formativos pertenecientes a cualquiera de los Ciclos Formativos de Grado Medio (CFGM) o de los Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS) implantados en el centro y en los que existan vacantes.
Esta modalidad de formación a tiempo parcial fue regulada por la Consejería de Educación de Cantabria. La Orden de 6 de julio de 2004 por la que se regula la oferta parcial de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en los Centros Docentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria entró en vigor en el curso 2004-2005 y, desde esa fecha, DECROLY contribuye a su implantación y difusión estimulando la participación de trabajadores en activo en diferentes programas.
DECROLY Digital ha publicado, recientemente, sendos artículos en los que se detalla, con profusión de datos, las ventajas que proporciona la formación reglada para los trabajadores y para las empresas, en general, y esta modalidad de formación a tiempo parcial, en particular. Así en Permisos individuales de formación (PIF) para compaginar estudios y trabajo, de 12/03/2010 se aborda la normativa legal en vigor que regula los Permisos Individuales de Formación (PIF) y se desgrana artículo por artículo los aspectos más relevantes de esta opción formativa de desarrollo personal y profesional. Por otro lado, en Formación profesional modular para trabajadores en activo, de 08/04/2010 presenta un amplio catálogo de módulos formativos, susceptibles de ser estudiados a tiempo parcial en DECROLY, con una dedicación semanal de 2, 3, 4, 5 horas. En ambos documentos pueden encontrarse ejemplos sobre la SUBVENCIÓN a la que tienen derecho las empresas.
Para acceder a los módulos formativos es preciso cumplir las siguientes condiciones personales:
- a) a los Ciclos Formativos de Grado Medio(CFGM), o a cualquiera de los módulos formativos incluidos en ellos, las personas mayores de 18 años o que los cumplan dentro del año natural de comienzo del curso escolar. También podrán acceder aquellas personas con menos de 18 años y más de 16 años que acrediten, mediante documentación fehaciente, su condición de trabajador en activo o en situación de desempleo.
- b) a los Ciclos Formativos de Grado Superior(CFGS), o a cualquiera de los módulos formativos incluidos en ellos, las personas mayores de 20 años o que los cumplan dentro del año natural de comienzo del curso escolar. También podrán acceder aquellas personas con menos de 20 años y más de 18 años que acrediten, mediante documentación fehaciente, su condición de trabajador en activo o en situación de desempleo
Asimismo, los candidatos deberán cumplir con los requisitos académicos que les faculten para acceder a este nivel educativo: título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o certificado de haber superado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio (CFGM); Título de Bachillerato o certificado de haber superado la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS).
Un apartado de especial relevancia a interés para los candidatos a esta modalidad de formación a tiempo parcial hace referencia a la evaluación, certificación, acreditación, registro y titulación. Veamos unas pinceladas aclaratorias:
- a) la evaluación será continua, integrada en el proceso de enseñanza aprendizaje y se realizará por el docente que imparta el módulo o unidad formativa. El proceso de evaluación continua requiere la asistencia regular a las clases y actividades programadas en cada módulo.
- b) la certificación del módulo o unidad formativa superados incluirá las capacidades adquiridas, los contenidos desarrollados y las horas de formación realizadas.
- c) la superación del módulo formativo asociado a una unidad de competencia dará derecho a la acreditación de ésta. La acreditación de las unidades de competencia que constituyan una cualificación dará derecho, a su vez, a la acreditación de la misma.
- d) el registro de las acreditaciones de unidades de competencia y, en su caso, de las cualificaciones profesionales, se realizará de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de títulos académicos y profesionales.
- e) los alumnos que superen todos los módulos de un ciclo formativo tendrán derecho a obtener la titulación correspondiente.
Pero no es la Orden de 6 de julio de 2004 por la que se regula la oferta parcial de las Enseñanzas de Formación Profesional Específica en los Centros Docentes de la
Comunidad Autónoma de Cantabria la primera, ni la única, disposición legal que se ocupa de la formación profesional y de la conciliación de la vida laboral y personal de los ciudadanos. En el preámbulo de esta Orden podemos apreciar aportaciones significativas de otra normativa básica y autonómica. Así la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), propuso adecuar la formación profesional a las nuevas exigencias del sistema productivo.
Otra aportación importante se debe a la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE) que “flexibiliza las condiciones de acceso a los ciclos formativos, con el fin de ampliar las posibilidades de los alumnos para completar su formación a través de la vía que, en cada momento, mejor responda a sus intereses y circunstancias personales”. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP) de 2002, explicita como uno de los fines del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional “promover una oferta formativa de calidad, actualizada y adecuada a los distintos destinatarios, de acuerdo con las necesidades de cualificación del mercado laboral y las expectativas personales de promoción profesional”.
El Decreto 96/2002, de 22 de agosto, por el que se establece el marco de actuación para la educación de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Cantabria, “concreta los ámbitos de actuación con las personas adultas. Entre ellos figura la formación para el mundo laboral que asegure la posibilidad de adquirir, actualizar y perfeccionar su cualificación profesional, facilitando su acceso a la correspondiente titulación académica”.
Toda la normativa estatal y autonómica publicada en los últimos años apunta hacia un nuevo modelo de formación profesional específica para responder a las necesidades de la sociedad. La nueva formación profesional proporciona una formación de calidad para cualificar y recualificar a las personas, favorece su inserción y reinserción laboral y contribuye a la actualización profesional de los trabajadores en activo.
Por esa razón, la organización de las enseñanzas de formación profesional para las personas adultas, trabajadores en activo o en situación transitoria de desempleo, es una demanda social que debemos favorecer desde todos los estamentos públicos y privados. DECROLY, sensible a esta realidad social, contribuye con la administración pública y con las empresas y trabajadores, flexibilizando su oferta formativa y el sistema de matriculación en estas enseñanzas para adaptarse a las diferentes situaciones personales y profesionales de los alumnos.
Aptitud o capacidad para llevar a cabo una tarea
Conjunto de competencias profesionales con significación en el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral
FORMACIÓN PROFESIONAL MODULAR PARA TRABAJADORES EN ACTIVO
8 de abril de 2010
De cara al próximo curso 2010-2011, DECROLY recuerda a todos los empresarios la posibilidad de matricular GRATUITAMENTE a los empleados interesados en alguno de los módulos de los ciclos formativos de grado medio y/ o grado superior que impartimos en nuestro centro. Además, las empresas pueden beneficiarse de una SUBVENCIÓN equivalente a los costes totales de ese trabajador hasta 200 horas.
El próximo curso 2010 – 2011, como ya sucediera en años anteriores, los trabajadores en activo, igual que cualquier otro ciudadano, pueden cursar estudios de ciclos formativos de formación profesional sin necesidad de realizar el curso completo. De esta manera, un trabajador se puede matricular en uno o varios módulos formativos sueltos, en virtud de su interés personal o profesional. Las actividades académicas se desarrollan entre los meses de setiembre de 2010 y junio de 2011.
Divulgar y difundir estas opciones de formación profesional conlleva beneficios para los trabajadores y para las empresas. Los primeros, compaginado estudio y trabajo, pueden optar a una formación oficial, reconocida por la Consejería de Educación y conducente a la obtención de un título o certificado reconocido. Las empresas, contribuyen a la formación permanente de sus empleados, a su recualificación y desarrollo personal y profesional.
Asimismo, las empresas tienen derecho, a una SUBVENCIÓN equivalente al coste de 200 horas de salario y costes sociales de ese empleado, a través de la tramitación del denominado Permiso Individual de formación (PIF). El pasado 12 de marzo publiqué en este foro el artículo Permisos individuales de formación (PIF) para compaginar estudios y trabajo, en el que podrás revisar todo tipo de detalles relacionados con esta SUBVENCIÓN. Veamos un ejemplo:
El empleado X –Director comercial de la empresa Y- se matricula en DECROLY en un curso de Políticas de marketing.
El coste hora de ese empleado X es de 37 €.
La subvención para la empresa Y asciende a 7.400 €
DECROLY, en su condición de centro concertado para los estudios reglados de Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI); Ciclos Formativos de Grado Medio (CFGM) y Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS) imparte estos cursos GRATUITAMENTE.
La duración, en número de horas, de los cursos es variable, en función de cuál sea la opción elegida. A título de ejemplo, voy a plasmar un muestreo indicativo de cursos correspondientes a títulos de grado medio y de grado superior.
Ciclo Formativo de GRADO MEDIO |
|||
Título
SISTEMAS MICROINFORMÁTICOS Y REDES |
Familia
Informática |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Montaje y mantenimiento de equipos | 231 | 7 | |
Aplicaciones ofimáticas | 264 | 8 | |
Sistemas operativos monopuesto | 165 | 5 | |
Redes locales | 231 | 7 | |
Formación y orientación laboral | 99 | 3 |
Ciclo Formativo de GRADO MEDIO | |||
Título
GESTIÓN ADMINISTRATIVA |
Familia
Administración y Gestión |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Comunicación, archivo de la información y operatoria de teclados | 160 | 5 | |
Gestión administrativa de compraventa | 95 | 3 | |
Gestión administrativa de personal | 95 | 3 | |
Contabilidad general y tesorería | 160 | 5 | |
Productos y servicios financieros y de seguros básicos | 130 | 4 | |
Principios de gestión administrativa pública | 95 | 3 | |
Aplicaciones informáticas | 160 | 5 | |
Formación y orientación laboral | 65 | 2 |
Ciclo Formativo de GRADO SUPERIOR | |||
Título
ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS EN RED |
Familia
Informática |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Implantación de sistemas operativo | 210 | 6 | |
Planificación y administración de redes | 170 | 5 | |
Fundamentos de hardware | 100 | 3 | |
Gestión de bases de datos | 170 | 5 | |
Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información | 130 | 4 | |
Formación y orientación laboral | 90 | 3 |
Ciclo Formativo de GRADO SUPERIOR |
|||
Título
GUÍA, INFORMACIÓN Y ASISTENCIAS TURÍSTICAS |
Familia
Hostelería y Turismo |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Estructura del mercado turístico | 100 | 3 | |
Protocolo y relaciones públicas | 110 | 3 | |
Marketing turístico | 150 | 4 | |
Destinos turísticos | 180 | 5 | |
Recursos turísticos | 110 | 3 | |
Inglés | 130 | 4 | |
Formación y orientación laboral | 90 | 3 |
Ciclo Formativo de GRADO SUPERIOR | |||
Título
GESTIÓN COMERCIAL Y MARKETING |
Familia
Comercio y Marketing |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Investigación comercial | 95 | 3 | |
Políticas de marketing | 125 | 4 | |
Logística comercial | 160 | 5 | |
Marketing en el punto de venta | 95 | 3 | |
Gestión de la compraventa | 130 | 4 | |
Aplicaciones informáticas de propósito general | 130 | 4 | |
Lengua extranjera | 160 | 5 | |
Formación y orientación laboral | 65 | 2 |
Ciclo Formativo de GRADO SUPERIOR | |||
Título
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
Familia
Administración |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Gestión de aprovisionamiento | 125 | 4 | |
Gestión financiera | 160 | 5 | |
Recursos humanos | 130 | 4 | |
Contabilidad Financiera | 290 | 9 | |
Aplicaciones informáticas y operatoria de teclados | 255 | 8 |
Ciclo Formativo de GRADO SUPERIOR |
|||
Título
SECRETARIADO |
Familia
Administración |
||
Módulos | Horas anuales | Horas semanales | |
Comunicaciones y relaciones profesionales | 95 | 3 | |
Organización del servicio y trabajos de secretariado | 95 | 3 | |
Gestión de datos | 125 | 4 | |
Elaboración y presentación de documentos e información | 195 | 6 | |
Elementos de derecho | 65 | 2 | |
Lengua extranjera (Inglés) | 160 | 5 | |
Segunda lengua extranjera (Francés) | 160 | 5 | |
Formación y orientación laboral | 65 | 2 |
Trabajar y estudiar exige un esfuerzo. A veces, ni siquiera es fácil conciliar estudios y trabajo. Sin embargo, hoy en día existen multitud de mecanismos para quienes realmente están interesados en mejorar su cualificación profesional. Aquí he mostrado dos de esos mecanismos compatibles y beneficiosos para todas las partes. Los trabajadores pueden cursos estudios oficiales en DECROLY conducentes a la obtención de un título o certificado reconocidos por la Consejería de Educación. Las empresas, facilitando e impulsando esos estudios a sus empleados, pueden recibir una SUBVENCIÓN.
DECROLY, a través de la oferta formativa parcial –aplicable a plazas vacantes de cualquiera de los ciclos formativos autorizados-, donde los alumnos se matriculan en un solo módulo, si así lo desean, contribuye al desarrollo de la formación y cualificación profesional de los trabajadores de Cantabria. Pero también, en DECROLY, establecemos mecanismos de información, difusión y orientación que permitan a empresas y trabajadores obtener los máximos beneficios. Por ello, y para concluir, os recuerdo que existen modalidades de formación, tanto presencial como a distancia que conducen a la obtención de un título oficial.
Y no olvidéis que el campo de la formación OFICIAL es muy amplio: desde cursos para el acceso al título de Educación Secundaria Obligatoria, hasta otros para alcanzar títulos profesionales en cualquiera de las 26 familias profesionales existentes; estudios universitarios de grado, presenciales o no; estudios de postgrado; etc.
HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA DESDE UNA PERSPECTIVA LEGISLATIVA
19 de marzo de 2010
En un espacio muy breve de tiempo, el sistema educativo español y de Cantabria ha experimentado transformaciones sustanciales, fruto del impacto legislativo producido, tanto desde el ámbito del Ministerio de Educación como desde nuestra Comunidad Autónoma. La formación profesional, por ejemplo, ha reflejado, asimismo, un cambio espectacular, en particular desde la publicación y entrada en vigor de Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP), de 2002.
Uno referido a la finalidad de la Ley –artículo 1- en el que podemos leer: “La presente ley tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. La oferta de formación sostenida con fondos públicos favorecerá la formación a lo largo de toda la vida, acomodándose a las distintas expectativas y situaciones personales y profesionales. A dicha finalidad se orientarán las acciones formativas programadas y desarrolladas en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en coordinación con las políticas activas de empleo y de fomento de la libre circulación de los trabajadores”.
Conviene recordar que, si exceptuamos la Ley de Instrucción Pública, de 9 de septiembre de 1857, más conocida como Ley Moyano, -primera Ley General de Educación- y la Ley General de Educación (LGE) de 1.970, conocida popularmente como Ley de Villar Palasí, en honor al Ministro de Educación de la época, -segunda Ley General de Educación decretada en España- toda la normativa se ha publicado en los últimos treinta años, coincidiendo con la época más cambiante de la historia de la humanidad, en mi opinión. ¿Cuántos gobiernos y regímenes políticos tuvo España durante los ¡¡143!! años que estuvo en vigor la Ley Moyano?
La Constitución Española de 1978 devuelve a España la normalidad democrática y, en materia de Educación, proporcionó un amplísimo consenso entre todas las fuerzas políticas de la época.
Lamentablemente, decisiones partidistas de los sucesivos gobiernos de España, que utilizan la Educación como instrumento para alcanzar réditos políticos, nos conducen hacia una situación indeseable que perdura hoy en día. En ese entorno se enmarcan la Ley Orgánica sobre el Estatuto de Centros Escolares (LOECE) de 1.980 –impulsada por José Manuel Otero Novas-; La Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de 1.985 –inspirada por el que fuera Ministro de Educación del gobierno de Felipe González, José Mª Maravall y La Ley Orgánica General de Ordenamiento del Sistema Educativo (LOGSE), de 1.990, que entró en vigor siendo Ministro de Educación Fco. Javier Solana Madariaga.
Sin embargo, me voy a fijar en tres aspectos de la Ley muy concretos que se han mantenido en el tiempo y que no han sido objeto de interpretación o revisión posterior:
Una excepción puntual, en materia de consenso, fue la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional (LOCFP) de 2002. En mi opinión ese consenso fue más ficticio que real, posiblemente forzado por directivas comunitarias procedentes de la Unión Europea (UE). El escenario de movilidad de ciudadanos por motivos de residencia y de trabajo, exigía una convergencia con las políticas de cualificación y formación profesional homologables con la Europa de los 27 de la que formamos parte. No quedaba margen, por tanto, a discrecionalidades partidistas. De hecho la ley fue aprobada por unanimidad, si mal no recuerdo.
Otro, expuesto en el artículo 2. Principios del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en su apartado 3 d) propugna: “La adecuación de la formación y las cualificaciones a los criterios de la Unión Europea, en función de los objetivos del mercado único y la libre circulación de trabajadores”.
Un tercero, relacionado con formación profesional –artículo 9- en el que determina que “La formación profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores, así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales”.
Sin embargo, el disentimiento aparece de nuevo con las subsiguientes leyes. Así, la Ley de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), de 1995 y la Ley de Calidad en la Educación (LOCE), de 2.002 constituyen ejemplos claros de la falta de entendimiento de los partidos políticos mayoritarios. Su actitud sumerge a centros públicos y privados, a las organizaciones patronales y sociales y a la ciudadanía en una crisis permanente.
Finalmente, para concluir este repaso histórico a través de la normativa estatal y de la más reciente promulgada por la comunidad autónoma de Cantabria, una vez transferidas las competencias educativas a las autonomías, nos encontramos con el Decreto 4/2010, de 28 de enero, por el que se regula la ordenación general de la Formación Profesional en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOC del 8 de febrero).
La Ley Orgánica de Educación (LOE), que entró en vigor en2.006, consolida la discrepancia en materia de Educación, visualizada en el día a día de las formaciones políticas. Por otro lado, los altos índices de fracaso escolar y de abandono en los niveles obligatorios, unido a los malos resultados de las evaluaciones externas, genera un caldo de cultivo entre la ciudadanía que demanda con clamor un pacto político y social por la Educación entre las fuerzas políticas y sociales del país. El ministro Gabilondo pilota, en estos momentos, un debate generalizado en todo el país. Yo, personalmente, confío de sus frutos positivos en un próximo futuro y se alcance el deseado Pacto de Estado por la Educación.
Con este escenario en la esfera nacional, el gobierno de Cantabria publica la Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. Por vez primera Cantabria tiene su propia Ley de Educación que ordena el marco normativo de todas las enseñanzas del sistema educativo y, por tanto, incluye el referido a la formación profesional. Así, el artículo 45, al definir los principios generales en los que se sustenta, dice: “En el marco de los principios generales establecidos en el artículo 39 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la Consejería de Educación establecerá las medidas oportunas para adecuar la oferta pública de Formación profesional al tejido productivo de Cantabria”.
Hoy quiero resaltar uno de los aspectos positivos del mismo. Me refiero a lo establecido en el artículo 41. Red de centros de Formación profesional, en su apartado 1.: “Todos los centros que impartan Formación profesional inicial, organizada en ciclos formativos y que esté financiada con fondos públicos de la Consejería de Educación, constituirán una red en la que se coordinarán las ofertas en aras del interés de las personas destinatarias y la eficiencia de los recursos públicos empleados”.
El hecho de hablar de UNA RED, me permite pensar que estamos poco a poco superando, al menos desde la administración educativa, la dicotomía enseñanza pública – enseñanza privada, sustituyéndola por un calificativo más apropiado como es el de UNA RED de centros sostenidos con fondos públicos.
Y para concluir me gustaría formular un deseo y una petición expresa que surge con fuerza desde el interior de mis más profundas convicciones: aquellos que tenéis la capacidad de consensuar y llegar a pactos y acuerdos, recuperad el espíritu del 78, el espíritu de la constitución española de 1978. Las personas de mi generación lo recordarán muy bien. Eran unos momentos difíciles, políticamente hablando. Sin embargo existía un clamor popular que demandaba cordura y entendimiento a la clase política para crear un marco en el que todos cupiéramos. Fue la constitución del consenso que hoy perdura y es nuestro referente indiscutible. Por ello, por la tradición histórica de los españoles que somos capaces de lograr retos inigualables ante las más adversas circunstancias, debemos apostar por un Pacto Político y Social por la Educación que marque el inicio de una nueva época como lo hizo la entrada en vigor de nuestra Carta Magna.
PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN (PIF) PARA COMPAGINAR ESTUDIOS Y TRABAJO
12 de marzo de 2010
Los trabajadores podrán disponer de hasta 200 horas laborales por curso académico o año natural para realizar una formación reconocida oficialmente, sin reducción de sus ingresos y sin coste para la empresa en la que trabajan.
El Permiso Individual de Formación (PIF) es una iniciativa promovida desde el sistema público de formación para el empleo que permite a cualquier alumno, que sea trabajador en activo, solicitar a su empresa un permiso para cursar estudios oficiales de hasta 200 horas, sin pérdida de retribuciones y sin coste alguno para la empresa. Los criterios para conceder un PIF están limitados para la empresa en función de su tamaño: 1 a 9 trabajadores, 200 horas; 10 a 49 trabajadores, 400 horas; 50 a 249 trabajadores, 600 horas; 250 a 499 trabajadores, 800 horas.
La regulación de los PIF se encuentra en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.
Detallada la normativa reguladora en el párrafo anterior, me permito concretar algunos de los apartados más relevantes que conducen a la concreción de los PIF y a su extensión a cuantos trabajadores en activo y empresas reúnan los requisitos para beneficiarse de las ventajas económicas que conllevan.
¿Qué es un PIF? De acuerdo con el artículo 21 de la Orden TAS/2307/2007 antes citada “Se entiende por permiso individual de formación aquel por el que la empresa autoriza a un trabajador la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una acreditación oficial, incluidas las correspondientes a los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, con el fin de favorecer su desarrollo profesional y personal”.
¿Quién lo solicita? La iniciativa, en principio, surge del trabajador. Para ello, tal y como establece el artículo 22 de la Orden precitada “Las empresas pondrán a disposición de los trabajadores que lo requieran el modelo de solicitud de autorización del permiso individual de formación que se incorpora como anexo I a la presente Orden”.
¿Cómo se financia? El coste del PIF, en su totalidad, se hará efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social que ingresan las empresas de acuerdo con los límites y criterios que establece el artículo 23 de la Orden ya citada.
“Las empresas podrán financiar los costes salariales correspondientes a los permisos individuales de formación que concedan con el crédito anual de bonificaciones para formación y con el crédito adicional previsto en el artículo 13.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, al que se refiere este artículo”.
“La financiación de los costes salariales de cada permiso estará limitada a un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, según el caso, en función de la duración de la formación a realizar. Los citados costes estarán constituidos por el salario del trabajador (sueldo base, antigüedad y complementos fijos, así como por la parte correspondiente de pagas extraordinarias) y las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante el período del permiso”.
El crédito adicional citado anteriormente se asignará a las empresas de acuerdo con los siguientes criterios:
- La asignación se realizará a medida que las empresas comuniquen los permisos individuales de formación y hasta tanto no se supere, en su conjunto, el límite de la disponibilidad presupuestaria que se establezca anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- El importe del crédito adicional para cada empresa será el equivalente al de los costes salariales de los permisos que comunique, con los siguientes límites de costes:
- 200 horas correspondientes a uno o más permisos para empresas de 1 a 9 trabajadores
- 400 horas para empresas de 10 a 49 trabajadores
- 600 horas para empresas de 50 a 249 trabajadores
- 800 horas para empresas de 250 a 499 trabajadores
¿Cómo se aplican las bonificaciones? El artículo 24 de la repetida ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio determina: “Las empresas aplicarán las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a medida que abonen los salarios a los trabajadores que disfruten de los permisos individuales de formación. A tal efecto, deberán comunicar previamente la cuantía y el mes en que se aplica la bonificación. La falta de comunicación de dicha información impedirá que la empresa pueda aplicarse la bonificación correspondiente”.
¿Qué requisitos debe reunir la formación? “La formación a que se refieren los permisos individuales deberá estar reconocida mediante una titulación oficial o mediante una acreditación oficial, incluida las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, así como la de cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio”, artículo 25. 1 de la Orden.
“La formación deberá estar dirigida tanto al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnico-profesionales del trabajador como a su formación personal”, artículo 25.2 de la Orden.
“Quedan excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de las realizadas mediante la modalidad a distancia convencional o de teleformación”, artículo 25.3 de la Orden.
¿Cuales son los aspectos formales de ejecución de los PIF? El artículo 26 de la Orden determina:
- Será de aplicación a los permisos individuales de formación el requisito de información a la representación legal de los trabajadores de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y en el artículo 16 de esta Orden.
- Las empresas deberán comunicar a través del sistema telemático previsto en el artículo 9los permisos autorizados a los trabajadores tanto a su inicio como a su finalización.
Tales comunicaciones contendrán, al menos, el objeto del permiso individual de formación y la titulación o acreditación oficial que se corresponde con dicha formación, el número de horas del permiso y su distribución, el coste del mismo y la cuantía de las bonificaciones.
Estas comunicaciones podrán realizarse a través de una entidad organizadora que gestione sus programas de formación, cuando la empresa forme parte de una agrupación.
DECROLY, Entidad Organizadora de Formación al amparo de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, colabora con las empresas de Cantabria mediante acciones de información, orientación y difusión en materia de formación continua en las empresas. Asimismo, diseña cursos a medida y gestiona las subvenciones de la formación a través de bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social que ingresan las empresas. En ese orden de cosas, DECROLY tramita las subvenciones, asimismo, de los Permisos Individuales de Formación (PIF)
Para concluir, me permito describir dos supuestos prácticos que contribuyan a un mejor entendimiento de lo que representan los PIF en las empresas:
Supuesto práctico nº 1
Empresa de 8 trabajadores
Solicita subvención para un PIF de 200 horas de un empleado (categoría profesional: Trabajador cualificado) que cursa 2º curso de alemán en la Escuela de Idiomas de Santander
Coste hora del trabajador 22 €
Subvención de 4.400 € a gestionar mediante bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social que ingresa las empresa
Supuesto práctico nº 2
Empresa de 46 trabajadores
Solicita subvención para un PIF de 200 horas de un empleado (categoría profesional: Mando intermedio) que cursa 1º curso de Relaciones Laborales en la Universidad de Cantabria
Coste hora del trabajador 36 €
Subvención de 7.200 € a gestionar mediante bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social que ingresa las empresa
(Tendría un remanente de otras 200 horas para PIF que podría conceder a uno o más empleados, si lo solicitaran)
AULAS DIGITALES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE CANTABRIA
5 de marzo de 2010
El convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y el Gobierno de Cantabria para la aplicación del proyecto Escuela 2.0, firmado el pasado 30 de diciembre, añade recursos al Plan de apoyo a la implantación de la LOE.
Con esta medida, el Ministerio de Educación y el Gobierno de Cantabria aportan más recursos que impulsarán un paso de gigante en materia de innovación de los centros sostenidos con fondos públicos. El Ministerio aporta 1.147.050 €, a cargo del presupuesto de 2009, y la Comunidad Autónoma de Cantabria destinará la cantidad de 1.720.577 euros distribuida entre los ejercicios presupuestarios de 2009 y 2010.
La Resolución de 13 de enero de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se promulga el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, fue publicada en el BOE el pasado 26 de febrero. En ella podemos encontrar todos los detalles del proyecto entre los que merecen una especial mención los ejes de intervención en los que se sustenta:
- las aulas digitales, mediante la dotación de ordenadores portátiles para alumnos y profesores, que incluyan, además, pizarra digital interactiva, proyector y conexión wifi;
- la garantía de la conectividad a Internet y la interconectividad dentro del aula para todos los equipos;
- el acceso a Internet en los domicilios, facilitando el uso en horarios especiales;
- el aseguramiento de la formación del profesorado en los aspectos tecnológicos, metodológicos y sociales de la integración de estos recursos en su práctica docente cotidiana.
Por otro lado, el proyecto tiene otros objetivos:
- facilitar el acceso de toda la comunidad educativa a materiales digitales educativos ajustados a los diseños curriculares;
- implicar al alumnado y a las familias en la adquisición, custodia y uso de estos recursos.
Para lograr estos objetivos, el Ministerio de Educación cofinanciará, con una aportación máxima del 50 por ciento y contribuirá a:
- la transformación en aulas digitales de todas aquellas de los cursos 5º y 6º de Educación Primaria y 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria de los centros públicos;
- la dotación de ordenadores para el uso personal de todos los alumnos de los cursos citados, matriculados encentros sostenidos con fondos públicos.
- la oferta y desarrollo de acciones de formación de profesorado suficientes para cubrir, al menos, las necesidades de todos los profesores tutores de 5º y 6º de Primaria, tres profesores por unidad de ESO y los coordinadores de TIC en los centros de Primaria y ESO;
- la puesta a disposición de los docentes contenidos educativos digitales;
- la cesión de uso de materiales;
- la creación de una planificación técnica para favorecer la colaboración de las administraciones educativas en la puesta en marcha de nuevos proyectos de desarrollo de productos;
- el diseño de modelos de evaluación de materiales.
Con cargo a sus propios presupuestos, la Comunidad Autónoma de Cantabria implementará estas actuaciones con:
- programas dirigidos a la mejora en la implicación de las familias y los propios alumnos en el uso y cuidado de los ordenadores portátiles;
- una mejora de la conectividad, en aquellos casos en los que sea necesario;
- una participación activa en las acciones de desarrollo y elaboración de materiales;
- la inclusión de profesorado y centros educativos de su red, así como del personal técnico que sea necesario, en las acciones de evaluación y contraste de los materiales en el aula;
- otras actuaciones tendentes a mejorar la calidad y el volumen de los recursos educativos puestos a disposición de esta acción.
Todas las aportaciones del Ministerio y de la Comunidad Autónoma de Cantabria financiarán las actuaciones dirigidas a los alumnos, aulas, profesores y centros de 5º curso de Primaria. Los remanentes, si hubiera, se destinarán a alumnos, aulas, profesores y centros de 6º curso de la misma etapa.
La Escuela 2.0 nos sitúa en la modernidad, en el estándar de centro educativo que demanda la ciudadanía, las familias, los propios alumnos y los profesores. Pero “no solo de pan vive el hombre”. El nuevo modelo educativo es consecuencia, fundamentalmente, del impacto de Internet y las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en la sociedad. Esas herramientas, que surgieron en el último cuarto del pasado siglo XX y se desarrollaron a un ritmo trepidante, se encuentran generalizadas hoy; se han instalado en nuestras vidas; nos han invadido; forman ya parte de nosotros. Han cambiado el mundo con una rapidez jamás imaginada. Por ello no podemos ignorarlas un segundo más en la escuela, en el trabajo, en el día a día de los ciudadanos.
En la tarea de conocerlas, comprenderlas, aplicarlas e integrarlas en nuestra cotidianeidad, la Escuela tiene un papel determinante.
LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN, UNA INVERSIÓN EN BIENESTAR DE LOS CIUDADANOS Y
PRODUCTIVIDAD DE LAS EMPRESAS
2 de marzo de 2010
Es difícil prever las necesidades del mundo empresarial más allá de las que conocemos hoy. En la actualidad, como viene sucediendo desde hace años, vivimos en un mercado laboral impredecible, con cambios continuos, donde los puestos de trabajo no son como antaño.
El concepto clásico de trabajo ha experimentado una enorme transformación en nuestro país. Hace unas décadas el trabajador ofrecía su trabajo por un sueldo en un tiempo determinado. Como contrapartida, el empresario le ofrecía, además, estabilidad. Hoy esta ecuación ha cambiado de incógnitas y podemos trabajar desde casa; sin un sueldo fijo, ya que puede depender de incentivos y constatamos que el riesgo que antes solo tenían las empresas, ahora también se ha trasladado al trabajador. La estabilidad en el empleo se ha debilitado. Empresas y trabajadores afrontan un nuevo escenario consecuencia de la mundialización de la economía, el impacto del progresivo desarrollo tecnológico y las reivindicaciones de un mercado cada día más competitivo. Este panorama exige por parte de todos, trabajadores y empresas, polivalencia y adquisición continua de nuevas habilidades.
En este contexto, la educación y la formación adquieren un protagonismo creciente como factor clave de producción, complementando a los tradicionales papeles desempeñados por trabajo y capital. Por ello, las sucesivas reformas y adaptaciones del sistema educativo español y cántabro, en estos primeros años del siglo XXI, han incorporado a los interlocutores sociales a la Educación y facilitan el impulso de actuaciones para fomentar la movilidad de estudiantes y profesores, entre otras medidas. Es necesario, sin embargo, acometer una reflexión colectiva para redefinir la función social del profesorado, reconocer y dignificar su trabajo y establecer un proceso permanente de evaluación. Todas estas medidas citadas suponen una inversión en la productividad y el bienestar colectivo de los ciudadanos.
En nuestro país se ha establecido un modelo que otorga condiciones de igualdad en el acceso a la educación, formación a lo largo de toda la vida y generalización en el acceso a las nuevas tecnologías. No acceder a estas condiciones conlleva a la aparición de un nuevo analfabetismo de consecuencias preocupantes, no solamente en el ámbito del empleo sino de tipo social, también.
En la cumbre de Lisboa del año 2000 sobre empleo y competitividad se fijaron objetivos concretos y se estableció un calendario para acelerar la introducción de las nuevas tecnologías en los sistemas de aprendizaje. La entonces comisaria europea de Educación, Viviane Reading, presentó la iniciativa “e-learning” -aprendizaje electrónico-, adoptada por la Comisión Europea en mayo de ese mismo año, destinada a “paliar las debilidades y retrasos de la Unión Europea respecto a Estados Unidos en el desarrollo de la sociedad de la información”. La transición de los sistemas educativos a la sociedad del conocimiento es una tarea ingente. Un papel protagonista de primer nivel debe atribuirse a los profesionales docentes. Sin embargo, la mitad de los profesores españoles tiene más de 50 años de edad, lo que indica el esfuerzo de formación en nuevas tecnologías que debe realizarse entre este colectivo.
Las características de la formación inicial de los futuros trabajadores, así como la formación continua que demandan las empresas, necesita una sólida cimentación en valores y actitudes positivas, compatibles con el trabajo, el esfuerzo, el compromiso o el afán de superación. Ciertamente no son asignaturas que vengan en un currículo, pero a poco que pensemos podemos constatar que estas características se empiezan a asentar desde edades muy tempranas.
Otro aspecto importante que reclaman las empresas a sus trabajadores tiene que ver con competencias básicas, tales como la capacidad comunicativa, matemática y, en los últimos años, informática. A esto se une otra demanda que alude a la necesidad de poseer, adquirir y/o desarrollar competencias clave que tienen que ver más con las habilidades sociales, el trabajo en equipo o el espíritu emprendedor. Otra vez estamos hablando de cuestiones que se inculcan y que se van aprendiendo desde que somos pequeños y a lo largo de toda la vida.
Si aceptamos que las características antes enunciadas deben poseerlas los trabajadores, debemos también afirmar, entonces, que desde el mundo educativo debe hacerse un esfuerzo por potenciar esas capacidades clave anteriormente descritas.
La evolución histórica de DECROLY como proveedor de formación, en relación con las ideas anteriormente citadas, se ha desarrollado en un marco de mejora continua del servicio proporcionado a los ciudadanos y a las empresas. En DECROLY hemos consolidado una filosofía basada en implantar actuaciones pioneras al servicio de nuestros alumnos de formación profesional inicial y de formación profesional para el empleo, tanto en el ámbito del colectivo de trabajadores desempleados como de aquel otro de trabajadores en activo. Hemos estado a la vanguardia de todas las transformaciones educativas fruto de la implantación de los sistemas educativos desde 1978. Así, anticipamos, cuando la administración educativa nos dio opción, los Ciclos Formativos de Grado Medio (CFGM) y los Ciclos Formativos de Grado Superior(CFGS), al amparo de la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE); los programas de Garantía Social (GS), en su día; los actuales Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) o los nuevos CFGM y CFGS que se derivan de la promulgación progresiva en aplicación de la Ley Orgánica de Educación LOE.
La formación permanente del profesorado y del personal de administración y servicios (PAS) constituye uno de los pilares básicos de nuestra estrategia empresarial en DECROLY. Un compromiso unánime de todos ellos les califica como unos profesionales actualizados, vanguardistas, en primera línea de las pedagogías más actuales en aprendizaje y desarrollo personal y profesional.
La dimensión europea de la educación y la formación profesional se ha convertido en una de los ingredientes más extendidos entre los alumnos, profesores y PAS. Así, profesores de CFGS de DECROLY fueron los primeros y únicos de toda España que participaron en el programa ERASMUS para impartir docencia en Lituania, Panevezys College, en el año 2008. Más tarde, en 2009, la universidad de Malta acogió a otros profesores de DECROLY con idéntica finalidad. La movilidad de alumnos, participando asimismo en programas ERASMUS para realizar prácticas en empresas de la Unión Europea, es un referente en nuestra organización y en la comunidad autónoma de Cantabria. La participación en proyectos Leonardo da Vinci, tanto de transferencia de innovación (TOI) como de asociaciones transnacionales, forman parte del diario quehacer de un significativo número de profesores, coordinados por Marta Guzmán Díez. El programaGrundtvig ha acogido la participación de varios profesores de DECROLY en distintas convocatorias celebradas en Italia, Malta y Lituania, desde que comenzara el Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) 2007 -2013.
La incorporación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) a la práctica docente diaria, en la formación profesional inicial, a través de los programas de aprendizaje CFGM; CFGS y PCPI, así como en las acciones formativas de dirigidas a los trabajadores desempleados y en activo, ha supuesto una aportación indiscutible de los profesionales docentes de DECROLY a las nuevas metodologías y actuaciones profesionales de aprendizaje en la sociedad del conocimiento en la que vivimos. Un significado especial, por lo que representa de trabajo en equipo y esfuerzo colaborativo, merece la puesta en marcha de una plataforma e learning que incorpora diez cursos de un total de cincuenta y dos acreditados por la Consejería de Educación en el ámbito del aprendizaje permanente del profesorado de Cantabria. Ese mérito debe reconocerse a nuestro departamento de Informática y al profesor Sergio Ibáñez Oláiz que pilotó el proyecto brillantemente.
Para concluir, permítaseme hacer una proclama: “empresario, invierte en el capital humano de tu empresa”. Es tiempo de formación. Incorpora el aprendizaje permanente a la estrategia corporativa. Los resultados no tardarán en llegar. La formación en el empleo contribuye al desarrollo personal y profesional de los empleados y a la mejora de la calidad, competitividad y productividad de las empresas.